Aprobada en su día por el PSOE, la Ley 35/2006 fijaba la obligación de declarar las cantidades percibidas en el extranjero en concepto de pensión
a partir de los 11.200 euros anuales, cuando no tienen desgravación
fuera de nuestro país. La norma, pensada para el amplio colectivo de emigrantes españoles, nunca llegó a aplicarse, e incluso la propia Agencia Tributaria
informaba a estas personas de la no obligatoriedad de declarar las
cantidades que percibían por haber trabajado en Alemania, Francia,
Noruega o, en el caso de los canarios, Venezuela, Argentina, Chile o
Cuba, a donde se vieron obligados a emigrar en la posguerra. La
situación, sin embargo, empezó a cambiar hace ahora un año, cuando
muchas de estas personas empezaron a recibir requerimientos tributarios
correspondientes a 2008, último ejercicio fiscal que no ha prescrito.
http://www.diariodeavisos.com/2014/03/cerca-7-000-emigrantes-canarios-retornados-en-mira-hacienda/
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