Por definición, la mala praxis médica se configura
“cuando hay impericia, negligencia e inobservancia de los reglamentos en
que debe basarse el arte de curar”. La obligación del médico o centro
de salud es arbitrar todos los medios para garantizar su buena actuación
profesional. Si el profesional incurre en un error de diagnóstico o de
tratamiento, u omite actuar de determinada forma que maximice las
posibilidades de éxito en el tratamiento, está incurriendo en mala
praxis profesional. Los ejemplos más habituales de este tipo de
reclamaciones y denuncias se realizan contra centros hospitalarios,
medicinas financiadas, obras sociales, clínicas y contra los propios
profesionales de la salud. En los últimos cuatro años, la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias
ha tenido que hacer frente al pago de 14,2 millones de euros en
concepto de reclamaciones patrimoniales por funcionamiento anormal del
Servicio Canario de Salud (SCS).
http://www.diariodeavisos.com/2015/07/consejeria-sanidad-estudia-56-denuncias-por-posible-mala-praxis/
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