El 13 de diciembre de 2014 entraba en vigor el Reglamento Europeo
1169/2011 de Información facilitada al consumidor, que obliga a declarar
los alérgenos presentes en los alimentos. Esto atañe
no solo a la alimentación envasada, también a la no envasada, que
ofrecen tanto los restaurantes como los hoteles, caterings, empresas de
comidas preparadas, etc. Dicho reglamento establece un listado formado por un total de 14
alérgenos: cereales que contienen gluten, crustáceos, huevos, pescado,
cacahuetes, soja, leche, frutos con cáscara (almendras, avellanas,
nueces, etc.); apio, mostaza, sésamo, sulfitos y moluscos y altramuces.
Todos los establecimientos deben disponer, por tanto, de una declaración
de alérgenos responsable, coherente y actualizada, a disposición del
consumidor de manera directa, accesible y legible. El objetivo de esta
nueva normativa es minimizar el impacto de una de las actuales lacras de
la salud pública mundial, como son las alergias alimentarias. En
Canarias, según datos de la Consejería de Sanidad y de las asociaciones
de afectados, en torno al 5% de los adultos (unas 105.000 personas)
presentan alguna alergia de este tipo.
http://diariodeavisos.elespanol.com/2016/08/mas-100-000-canarios-padecen-algun-tipo-alergia-alimentaria/
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